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(Apunte Económico #6) Leyes del Gobierno pasan por la inconstitucionalidad

Dic 10, 2015

Con la caída del diferencial de participación a la gasolina y el ACPM, y por segunda vez, la amnistía tributaria para declaración de activos en Colombia, está demostrado que varias de las leyes impulsadas por el Gobierno van en contra de la equidad tributaria y su progresividad. En el caso del parafiscal a la gasolina […]

Con la caída del diferencial de participación a la gasolina y el ACPM, y por segunda vez, la amnistía tributaria para declaración de activos en Colombia, está demostrado que varias de las leyes impulsadas por el Gobierno van en contra de la equidad tributaria y su progresividad.

En el caso del parafiscal a la gasolina y el ACPM, la Corte Constitucional argumentó que la aprobación de los artículos 69 y 70 de la Ley 1739 de 2014 no se hizo de acuerdo con la ley porque la propuesta se incluyó a última hora en la Plenaria del Senado.

La idea de este impuesto era que su recaudo fuera parte del salvavidas del Fondo de Estabilización de Precios del Combustible (FEPC), el cual tiene endeudado con el Tesoro Nacional en $5,1 billones (0,7% del PIB).

Este déficit se ha venido cubriendo así: $3,2 billones (0,4% del PIB) con emisión de TES; $0,8 billones (0,1% del PIB) con créditos de tesorería; y $1,1 billones (0,1% del PIB) aún se les adeudan a los refinadores.

Hay que tener en cuenta que la emisión de deuda a través de los TES, de acuerdo con el análisis del Presupuesto 2015 de la Contraloría General, “amerita un análisis más concienzudo del Congreso de la República y de los órganos de control fiscal del país”.

Por otro lado, la Corte también tomó la decisión de declarar inexequible el artículo que beneficiaba a los colombianos con activos en el exterior para declararlos en Colombia, el cual permitía a los deudores obtener descuentos hasta del 80% en los intereses, si pagaba las obligaciones a más tardar el 31 de mayo del 2015, y del 60 %, si el pago se realizaba entre el primero de junio y el 23 de octubre de este año. Este mismo beneficio se había incluido en la reforma tributaria de 2012 (artículo 163 de 2012), y por sentencia C-833 de 2013, se declaró su inexequibilidad.

Cabe recordar que el exdirector de la DIAN, Juan Ricardo Ortega, había dicho que los colombianos tienen activos en el exterior por $ 100 billones aproximadamente. Esta amnistía favoreciendo la evasión y elusión tributaria de residentes colombianos, ya que terminaban siendo premiados por estas conductas.

Adicionalmente,  se estima que los colombianos tienen recursos por $ 95 billones en paraísos fiscales, y el país sigue a la espera de la nueva lista con los que tienen esta condición de jurisdicciones secretas para la evasión y la elusión tributaria, sometidos al acuerdo tributario con Panamá que se lleva negociando hace más de un año.

ESTRUCTURA DEL DÉFICIT DEL FEPC

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