Generic selectors
Sólo coincidencias exactas
Buscar en el título
Buscar en el contenido
Post Type Selectors
Filtrar por categoría
+57 Conexión Colombia
Actualidad Industrial
Agro
Apunte Económico
Bernardo Useche
Blog
Boletín del sector agropecuario
Boletín Mensual
Boletines
Cartilla
Cedetrabajo en las regiones
Ciencia
Comercio exterior
Comunicados de prensa
Enrique Daza
Eventos
Género
Helen Rojas
Helen Rojas
Industria
Informe SIA
Internacional
Investigaciones
Justicia Tributaria
Leonardo Jiménez
Libro
Medio Ambiente
Mercado Laboral
Miguel Ángel Rodríguez
Mujeres con criterio
Nuestros análisis
opinión
Problemática Social
Publicaciones
Salud
Tarifa diferencial
TLC

Corte Constitucional tumba artículo del PND y prohíbe la minería en páramos del país

Feb 9, 2016

La República / Febrero 9, 2016 La Corte Constitucional tumbó tres artículos del Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018, argumentando que van en contra de la Constitución. Entre ellos, el que daba vía libre al ejercicio de la actividad minera en los páramos del país. El alto tribunal manifestó que, si bien hay existencia de […]
A6
La República / Febrero 9, 2016

La Corte Constitucional tumbó tres artículos del Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018, argumentando que van en contra de la Constitución. Entre ellos, el que daba vía libre al ejercicio de la actividad minera en los páramos del país.

El alto tribunal manifestó que, si bien hay existencia de títulos mineros, debe prevalecer la preservación del medio ambiente. La decisión entonces, hace que las licencias ambientales que se hayan entregado en 2010 pierden validez. Y que, estos permisos que eran entregados por la Anla, ahora sean otorgadas por las Corporaciones Autónomas Regionales.

Según información de la Agencia Nacional Minera, antes de febrero de 2010, se otorgaron más de 440 títulos mineros, cifra que se acerca a las 125.000 hectáreas.

La Corte avaló los Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos (PINE) y la creación de un sistema nacional para los mismos como estrategia de estas iniciativas de origen público, privado o mixto, que sean seleccionados como tales por el Gobierno Nacional, por su alto impacto en el crecimiento económico y social del país.

Otra de las decisiones importantes que llega con esta medida es que todos aquellos desplazados que hayan vivido en alguna de las zonas estratégicas para la minería deben vivir en estos lugares.

El artículo derogado fue el 173, parágrafo 1, donde se permitía «la realización de actividades de exploración y explotación de recursos naturale no renovables en áreas delimitadas como páramo».

Vale recordar que esto sucede luego de que el Polo Democrático puso una demanda contra el PND, que iba dirigido a los artículos 20, 49, 50, 51, 52 y 173 de la Ley 1753 de 2015. 

Comparte esta publicación

Publicaciones Relacionadas

Traducir »