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No a la construcción de vivienda en el Humedal La Conejera

Dic 15, 2014

Los humedales de Bogotá forman parte de la cuenca del río Bogotá y hacen parte del sistema de áreas protegidas entendida como “el conjunto de espacios con valores singulares para el patrimonio natural”, su conservación es imprescindible para el funcionamiento de los ecosistemas, la conservación de la biodiversidad y la evolución de la cultura ambiental […]

Los humedales de Bogotá forman parte de la cuenca del río Bogotá y hacen parte del sistema de áreas protegidas entendida como “el conjunto de espacios con valores singulares para el patrimonio natural”, su conservación es imprescindible para el funcionamiento de los ecosistemas, la conservación de la biodiversidad y la evolución de la cultura ambiental en el Distrito Capital[1]. Todas las afectaciones a estos cuerpos de agua son sinérgicas; es decir, se multiplican en un radio de acción muy amplio, sus efectos pueden ser devastadores y estar fuera del control humano. Los humedales además de ser el hábitat natural de muchas especies animales y vegetales, son albergues transitorios de aves migratorias. También actúan como esponja absorbiendo el exceso de agua en época de lluvias conservándolas para los periodos secos y previniendo los riesgos de inundación. Aportan grandes volúmenes de agua a los acuíferos, regulando su presión y contribuyen al mantenimiento de los manantiales; ayudan en la purificación del agua, pues muchas de las plantas que crecen allí retienen sedimentos y metales pesados.[2]

El humedal La Conejera es uno de los 13 que hay en Bogotá ubicado en la localidad de Suba, al noroccidente de la ciudad y de los pocos que ha sobrevivido a la destrucción masiva, como resultado del aumento demográfico y de la intensificación de actividades económicas en esta región (DAMA, 2000).

Hace parte de los ecosistemas mejor conservados de la Capital, alimentado por las aguas de la Quebrada La Salitrosa, el río Bogotá y aguas subterráneas. Es de los Humedales en los cuales se han realizado mayor número de proyectos para su recuperación y conservación[3] y posiblemente el que mayor biodiversidad tiene, con 253 especies de flora acuática y terrestre, muchas de ellas endémicas y 125 de aves entre las cuales se encuentran la tingua bogotana, el cucarachero de pantano y el turrio-pato colorado, todos en peligro de extinción y endémicas de la altiplanicie. En septiembre de 2003, el complejo de humedales de la Sabana asociados al Río Bogotá, fueron declarados como Área Importante para la Conservación de las Aves de Colombia y el Mundo – AICAS – entre ellos se encuentra el humedal de La Conejera[4].

HUMEDALLa Conejera hoy está corriendo un grave peligro, la firma Praga Servicios Inmobiliarios S. A. va a construir la Urbanización Fontanar del Río Etapa VIII en parte del área del humedal, la Personería de Bogotá develó que “el Proyecto aprobado se superpone a la Zona de Manejo y Preservación Ambiental del Humedal La Conejera en una franja de 5,038 metros afectando un área aproximada de 238,12 m2 que corresponde al 4% del Área total del predio”, según los planos dicha zona sería destinada para la construcción de cinco parqueaderos, el salón social y dos áreas para asados. A pesar de que algunos ambientalistas habían denunciado la intervención que se haría en el humedal no fueron escuchados y por el contrario los desalojaron de una manifestación pacífica que estaban realizando acampando en el lugar.

No es posible que se priorice el interés particular frente al interés general, los humedales hacen parte del sistema de áreas protegidas y son hábitat de especies únicas en la región, pero el Alcalde Mayor hace oídos sordos, porque no puede ser un actor imparcial. El concejal de Bogotá Roberto Sáenz denunció que “según la licencia de construcción expedida por la Curaduría Urbana número dos, el representante legal de Praga Servicios Inmobiliarios S.A. es Juan Carlos Alcocer García, sobrino del Gerente del Acueducto Alberto Merlano Alcocer, y el propietario del terreno que se anexó parte del humedal es Luis Eduardo Gutiérrez Méndez, padre de Carlos Gutiérrez, concuñado del alcalde. La sola destrucción del humedal es por completo inaceptable. Sin embargo, es motivo de nuestro total repudio observar la inacción de la administración distrital y la agresión contra los 20 activistas cuando encontramos estos intereses involucrados.”

Los bogotanos debemos defender las reservas naturales de la ciudad, no podemos permitir que inescrupulosos acaben con nuestro derecho a un medio ambiente sano, para llenar sus bolsillos y menos en un planeta tan contaminado y al borde de una crisis ambiental, debemos actuar con conciencia y rechazar hechos como este que benefician al capital financiero y a las constructoras so pena de acabar con nuestro entorno y sentar un precedente, porque si hoy es una porción del Humedal La Conejera mañana cuántos humedales más pensarán intervenir.

Exigimos al Gobierno Distrital frenar la construcción de vivienda en el humedal La Conejera y velar porque este hecho no se repita ni en éste ni en ninguno de los humedales de la ciudad. Amparados en el principio de precaución establecido en el Artículo 1 de la ley 99 de 1993, según el cual “cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente”. También de acuerdo con el artículo 83 del decreto 2811 Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente donde se indica que son bienes inalienables e imprescriptibles del Estado, entre otros, “el lecho de los depósitos naturales de agua (…) una faja paralela a la línea de mareas máxima o a la del cauce permanente de ríos y lagos, hasta de treinta metros de ancho”. Finalmente en el concepto emitido por el Ministerio de Ambiente y desarrollo sostenible del 25 de julio de 2013 con referencia: consulta área de rondas para índice de ocupación de cauce que concluye “(…) Siendo la rondas de las quebradas y humedales bienes de uso público, no es procedente la expedición de licencia de construcción en dichas áreas y por lo tanto, no se podrán contabilizar dentro del índice de ocupación del predio. La misma prohibición ocurre para efectos de avaluó de compra, cómo quiera que las rondas hídricas son inalienables, imprescriptibles e inembargables”

Bogotá 29 de noviembre de 2014

Asociación de Servidores Públicos de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca

Asamblea Sur

Organización Sindical de funcionarios de los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Vivienda, Ciudad y Territorio y de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – “ASFUAMVAL”. Presidenta: Claudia Luz Rodríguez   Secretario General: Sebastián Pineda

Severendo Ambiente

Grupo de estudios Ambientales de CEDETRABAJO



[1] Definición adoptada para humedal, Política de Humedales del Distrito Capital.

[2] Humedales de Bogotá. Recuperado de: https://www.google.com.co/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=8&cad=rja&uact=8&ved=0CEUQFjAH&url=http%3A%2F%2Fwww.bogota.gov.co%2Fguia%2Finterfaz%2Fusuario%2Fanexos%2FHumedales.doc&ei=w1hyVPTiH8ekNtGzg_AP&usg=AFQjCNG6pEcZdmGhJViUNMpIiaERZe9Usg&sig2=ZJ-zdsZHSqMoIxh–ayhtw

[3] El Humedal La Conejera, Fundación Humedal La Conejera. Recuperado de:  www.ramsar.org

[4] Recuperado de: http://humedallaconejeraud.blogspot.com/

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