Este impuesto rige para todos los retiros o giros que realice el cliente, salvo algunas excepciones en las que se hacen transacciones entre cuentas de la misma entidad financiera.
Respecto a otros cobros que se puedan realizar por cuenta de los distintos servicios financieros, es importante tener en cuenta que la Superfinanciera estableció que antes de cualquier operación, el banco debe exponer previamente el valor que cobrará a cada cliente.
Pero si usted es de los que no conoce cuáles operaciones le descontarán este impuesto a su saldo, aquí le indicamos cuáles son los casos en los que se cobra el 4 por mil:
• Retiro en efectivo.
• Retiro mediante cheque.
• Retiro mediante talonario.
• Retiro con tarjeta débito.
• Retiro por cajero electrónico.
• Retiro o pago en puntos de pago.
• Notas débito.
• La expedición de cheques de gerencia.
• Traslado de fondos a cualquier título.
• Cesión de recursos a cualquier título.
• Traslado o cesión de recursos entre diferentes copropietarios sobre carteras colectivas.
• Retiro de recursos por parte del beneficiario o fideicomitente sobre carteras colectivas.
• Los pagos o transferencias efectuados a terceros a través de notas débito manejados por cuentas contables o de otro género diferentes a las cuentas corrientes, de ahorro o de depósito.
• Los movimientos contables en los que se configure el pago de obligaciones o el traslado de bienes, recursos o de derechos a cualquier título.
• Los débitos efectuados sobre los depósitos acreditados como saldos positivos de tarjetas de crédito.
• El retiro del cheque y el pago del mismo en las cuentas de ahorro.
• La expedición de cheques de gerencia con cargo a una cuenta corriente o de ahorros del usuario.