La acción de nulidad pretende derogar el parágrafo que exige que los precios del combustible, se comporten en un margen del 3%.
La Red por la Justicia Tributaria interpuso una acción de nulidad por inconstitucionalidad en contra de la resolución 18-1602 del 30 de sept del 2011 del Ministerio de Minas y Energía, la cual define la fórmula de los precios de los combustibles.
Los demandantes pretenden derogar el parágrafo del artículo primero de la resolución, porque resulta contradictorio, según señaló José Roberto Acosta, vocero de la Red.
Acosta explicó que en el artículo se desarrollan planteamientos matemáticos para determinar el precio de la gasolina -motor corriente- dependiendo del tipo de cambio y el precio de referencia del combustible del Golfo de México.
Sin embargo, el parágrafo de ese artículo, exige un margen de 3% para aumentar o disminuir, según sea la tendencia, anulando la totalidad del artículo que regula los precios.
De esta forma, la Red espera que el precio de la gasolina se ajuste a la dinámica mundial ya que Colombia y México son los únicos países de América Latina en donde el valor no ha caído, tras la descolgada en los precios del petróleo.
Según Acosta, esto se debe a que la fórmula impide que los precios caigan o suban más de 3% al mes, y por eso los consumidores no se benefician de la situación actual del mercado; “es injusto que por cuenta de una astucia matemática se impida la libre competencia”.
Acosta además indicó que “los altos precios que tenemos en Colombia merman la productividad y competitividad, por los exagerados costos que debe enfrentar el sector transportador” y aseguró que si el Consejo de Estado toma las medidas cautelares que se están solicitando, eliminando dicho parágrafo; el valor del galón de gasolina se reduciría entre 500 y 1.000 pesos, dependiendo del precio del dólar.
[gview file=»http://cedetrabajo.org/wp-content/uploads/2015/06/GASOLINA.pdf» height=»700px» width=»500px» save=»1″]